Sanidad

Madrid amplía a 6 los grupos en terrazas y obliga a llevar mascarilla en bares

Madrid. Agencias. La Comunidad de Madrid ha publicado este viernes la orden por la que eleva de 4 a 6 el límite de comensales por mesa en las terrazas de bares y restaurantes, que son lugares «seguros» por su ventilación, y que mantiene en 4 en el interior, medida que entra en vigor hoy.

Mascarilla obligatoria

Así lo estipula la orden publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), que también reitera la obligatoriedad del uso de mascarilla en los establecimientos de hostelería y restauración «salvo en el momento concreto del consumo de alimentos o bebidas».

Esta medida ya estaba en vigor desde su inclusión en una orden del pasado 29 de julio.

La sesión de control de la Asamblea

Así lo expresó la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, en la sesión de control de la Asamblea, al responder a una pregunta de la portavoz de Vox, Rocío Monasterio, sobre el momento en que va a levantar las restricciones horarias a los locales de hostelería y comercio.

Díaz Ayuso indicó que, además, se exigirá la ventilación cruzada o con filtros dentro de los establecimientos, «un derecho del consumidor».

También será temporalmente «una obligación de todos ponernos las mascarillas en el interior de los establecimientos» de hostelería, algo que antes estaba regulado, pero no quedaba claro que se debía retirar únicamente para comer. La presidenta madrileña explicó:

«Estaba sucediendo que los clientes entraban en los bares o en los restaurantes con las mascarillas, pero solo para entrar o salir. Ahora, hay que intentar permanecer con ellas»

Díaz Ayuso pidió un nuevo «esfuerzo» a los madrileños para «luchar juntos para recuperar las dos horas» que se han perdido últimamente y que la restauración y los comercios puedan sortear estas dificultades, sin tener que cerrar antes de la apertura completa.

Utilizar con finalidad sanitaria cualquier local apto para ello

La orden publicada este viernes recoge otro punto que permite a la Comunidad de Madrid usar con una finalidad sanitaria cualquier local que considere apto para ello, el texto reza así:

«Hasta que el Gobierno de España declare la finalización de la situación de crisis sanitaria causada por el COVID-19, las autoridades sanitarias de la Comunidad de Madrid podrán habilitar espacios para uso sanitario en locales públicos o privados que reúnan las condiciones necesarias para prestar atención sanitaria, ya sea en régimen de consulta o de hospitalización»

Este uso sanitario de espacios públicos o privados también se contempla cuando sea necesario «para cumplir las medidas de aislamiento indicadas por ser contacto estrecho de casos positivos o sospechosos» y «para alojar a profesionales del ámbito sanitario».

Ventilación adecuada y horario

Por último, la orden obliga a los establecimientos de hostelería a asegurar «una ventilación adecuada, por medios naturales o mecánicas».

El horario de cierre de los bares y restaurantes se mantiene en las 21.00 horas, aunque a partir de esa hora pueden seguir prestando servicios de entrega a domicilio hasta las 00.00 horas.

Foto: EFE/ Kiko Huesca

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