Madrid. 08/10/2020. Agencias. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) apuesta por incorporar, siempre que sea posible procesal y técnicamente, el teletrabajo «como método de organización de la actividad del juez» para evitar contagios.
Este es uno de los puntos de la «Actualización de la Guía de buenas prácticas y adopción de medidas de salud profesional para prevención de contagios» aprobada este jueves por la comisión permanente del órgano de gobierno de los jueces, que aboga por el teletrabajo durante la pandemia de coronavirus.
Ello, añade el CGPJ en una nota, «siempre que sea posible desde el punto de vista de las garantías procesales y se disponga de los medios tecnológicos necesarios», como el expediente judicial electrónico, la consulta de expedientes en remoto, la firma electrónica, el correo profesional y la consulta de bases de datos de legislación y jurisprudencia.
«Instrumento organizativo más eficaz»
Según afirma la guía, la crisis epidemiológica ha mostrado que el teletrabajo es el «instrumento organizativo más eficaz para mantener la actividad y prestación de los servicios públicos» y, al mismo tiempo, «garantizar la prevención frente al contagio».
El documento recoge también las definiciones de los supuestos de exposición al coronavirus y lo que se debe hacer en cada caso, los grupos vulnerables y las medidas preventivas que se deben aplicar en las sedes judiciales, en relación a accesos, higiene y limpieza, distancia de seguridad, ventilación, etcétera.
En el manual, destinado a los miembros de la carrera judicial, también se disponen medidas de conciliación laboral para los que tengan hijos menores de 14 años o mayores de esa edad con discapacidad.
En este sentido, indica que un juez puede solicitar la baja temporal si su hijo resulta infectado por COVID-19 y si el menor tiene que guardar cuarentena podrá beneficiarse de un permiso, licencia o reducción de jornada para la conciliación establecido en el Reglamento de la Carrera Judicial.
Dichas solicitudes, establece la guía, deberán resolverse de manera individualizada, en función de las circunstancias de cada caso, por las presidencias del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia.
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