Madrid, 4 ago. Agencias. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un anteproyecto de ley que traspone dos directivas comunitarias sobre el IVA en el comercio electrónico, que implicará entre otras cuestiones que el impuesto se pague en el país de destino del bien.
Según ha informado el Ministerio de Hacienda en un comunicado, con la trasposición de esta directiva, de aplicación obligatoria a partir del 1 de enero de 2021, termina la incorporación a la legislación española de la normativa comunitaria sobre el impuesto del valor agregado (IVA) del comercio electrónico.
La nueva regulación establece que los servicios contratados en línea por consumidores de países comunitarios que sean enviados o prestados desde otro país quedarán sujetos al IVA del Estado de llegada de la mercancía o en el que esté establecido su destinatario.
Hacienda aclara que el IVA inicialmente tributaba en el país donde se ubicaba el proveedor, pero que finalmente se ha optado por encuadrarlo en el país de destino ante el crecimiento de la economía digital y la posibilidad de adquirir bienes y servicios a proveedores de cualquier lugar del mundo.
Además, las directivas ahora traspuestas generalizan la ventanilla única, con lo que los empresarios realizarán todas sus gestiones de IVA en el país donde estén establecidos y será ese Estado quien entregue esa recaudación al país de destino del bien.
Otra novedad es la conversión en colaboradores de los titulares de interfaces digitales, como plataformas o mercados en línea, que participarán en la recaudación, gestión y control del IVA de las operaciones de comercio electrónico en las que participen.
